El Instituto Profesional IACC tras un proceso de autoevaluación, logró la acreditación avanzada por cuatro años por la Comisión Nacional de Acreditación (CNA) en las áreas de Gestión Institucional y Docencia de pregrado, con vigencia hasta junio de 2026.
La Vicerrectoría de Aseguramiento de la Calidad, con la Dirección de Desarrollo y Acreditación, lideran los procesos de autoevaluación institucionales, los cuales se enmarcan en el Plan de Desarrollo Estratégico Institucional y de la Política de Aseguramiento de la Calidad.
Esto como una forma de demostrar públicamente que las definiciones internas son consistentes con los criterios de acreditación establecidos y que se cuenta con todos los procesos y recursos necesarios para asegurar calidad en la formación que ofrecemos a nuestros estudiantes.
Durante los años 2023 y 2024, IACC se encontrará desarrollando las acciones comprometidas en su Plan de Mejora Institucional. Se proyecta que para el año 2024 y 2025 comience su proceso de autoevaluación con miras a la reacreditación.
En el marco de los ejes orientadores que la institución ha definido en su Plan de Desarrollo Estratégico Institucional 2021-2025, con el fin de promover una cultura de mejora continua, permanente y sistemática a nivel de unidades académicas y carreras, se han desarrollado los siguientes procesos de evaluación externa voluntarios, tanto de acreditación como procesos de certificación de carreras de pregrado.
Porque queremos que estés informado de todo, te ayudamos resolviendo todas tus dudas sobre el proceso de acreditación, cómo funciona y en qué afecta a nuestra institución.
La acreditación por objeto evaluar el cumplimiento de su proyecto institucional y verificar la existencia de mecanismos eficaces de autorregulación y de aseguramiento de la calidad al interior de las instituciones de educación superior, y propender al fortalecimiento de su capacidad de autorregulación y al mejoramiento continuo de su calidad. La acreditación institucional será, a partir del año 2020, obligatoria para las instituciones de educación superior autónomas y consistirá en la evaluación y verificación del cumplimiento de criterio y estándares de calidad, los que se referirán a recursos, procesos y resultados; así como también, el análisis de mecanismos internos para el aseguramiento de la calidad, considerando tanto su existencia como su aplicación sistemática y resultados, y su concordancia con la misión y propósito de las instituciones de educación superior.
La acreditación institucional será integral y considerará la evaluación de la totalidad de las sedes, funciones y niveles de programas formativos de la institución de educación superior, y de aquellas carreras y programas de estudio de pre y postgrado, en sus diversas modalidades, tales como presencial, semipresencial o a distancia, que hayan sido seleccionados por la Comisión para dicho efecto.
A partir de la publicación de la Ley 21.091 sobre educación superior la acreditación será obligatoria para todas las instituciones de educación superior. No obstante, los procesos de acreditación contribuyen a la instalación de una cultura de mejoramiento continuo de la institución centrada en el robustecimiento de sus procesos y el monitoreo de sus resultados lo que contribuye a mejorar la calidad de la misma y la oferta de programas formativos hacia los estudiantes, que permite demostrar a la sociedad en la que se desenvuelve, la existencia de una gestión institucional adecuada a las necesidades internas y externas de sus usuarios y grupos de interés.
No, la acreditación evalúa la calidad de una institución y sus programas de pre y postgrado en cuanto a la existencia de mecanismos de autorregulación que garanticen la consistencia interna y externa de esta de manera de demostrar públicamente su calidad a la sociedad. La validez de un título técnico o profesional se encuentra dada por la autonomía institucional y su reconocimiento por parte del ministerio de educación.
La Comisión Nacional de Acreditación CNA es un organismo público cuya función es la de evaluar, acreditar y promover la calidad de las Universidades, Institutos Profesionales y Centros de Formación Técnica autónomos, y de las carreras y programas que ellos ofrecen. La CNA en el desempeño de sus funciones, goza de autonomía y se relaciona con el Presidente de la República a través del Ministerio de Educación.
Le corresponde a la Comisión Nacional de Acreditación verificar y promover la calidad de la educación superior mediante:
El desarrollo de los procesos de acreditación institucional considera las siguientes etapas:
Actualmente la acreditación se otorga por un periodo de 2 a 7 años de acuerdo con el grado de cumplimiento de los criterios de evaluación existentes. Con la puesta en marcha de la ley 21.091, la acreditación institucional podrá ser de excelencia, avanzada o básica, en conformidad con los niveles de desarrollo progresivo que evidencien las instituciones.
En su pronunciamiento, la Comisión señalará el plazo en que la institución deberá someterse a un nuevo proceso de acreditación, el que podrá ser de 6 o 7 años en el caso de la acreditación de excelencia, de 4 o 5 años en la acreditación avanzada y de 3 años en la acreditación básica, sin perjuicio de lo establecido en el inciso siguiente.
El proceso de autoevaluación institucional considera la participación de grupos de interés internos y externos a esta tales como estudiantes, docentes, autoridades institucionales, directivos, personal administrativo, titulados y empleadores. Las instituciones deben potenciar la participación de todos estos agentes claves pues legitima las conclusiones obtenidas contribuyendo así al mejoramiento continuo basado en la experiencia de la comunidad educativa que la compone.
La acreditación institucional se realizará en funciones específicas de la actividad de las instituciones de educación superior. Las entidades que se presenten al proceso deberán acreditarse siempre en los ámbitos de docencia de pregrado y gestión institucional. Adicionalmente, las instituciones podrán optar por la acreditación de otras áreas, tales como la investigación, la docencia de postgrado, y la vinculación con el medio. Sin embargo, con la puesta en marcha de la nueva ley 21.091 las instituciones de educación superior deberán acreditarse en las dimensiones de docencia y resultados del proceso de formación; gestión estratégica y recursos institucionales; aseguramiento interno de la calidad y vinculación con el medio, adicionalmente, las instituciones de educación superior podrán acreditar la dimensión de investigación, creación y/o innovación.
Si bien la acreditación considera los mismos principios de evaluación independiente de la oferta formativa en la que las instituciones de educación superior imparten sus carreras, la CNA ha elaborado aspectos específicos de evaluación para ofertas formativas en modalidad virtual para centros de formación técnica, institutos profesionales y universidades que atiendan sus particularidades.
La Unidad de Aseguramiento de la Calidad y Acreditación incorpora los siguientes sitios de interés de organismos relacionados con la educación superior que aportan a profundizar temáticas relacionadas con la calidad y la acreditación a nivel nacional e internacional.
Mantente informado sobre todos los procesos, actividades y últimas noticias junto a la Vicerrectoría de Aseguramiento de la Calidad
En el marco de los ejes orientadores que la institución ha definido en su Plan de Desarrollo Estratégico 2021-2025, con el fin de promover una cultura de mejora continua, permanente y sistemática a nivel de unidades académicas y carreras, se han desarrollado los siguientes procesos de evaluación externa voluntarios, tanto de acreditación como procesos de certificación de carreras de pregrado.
Porque queremos que estés informado de todo, te ayudamos resolviendo todas tus dudas sobre el proceso de acreditación, cómo funciona y en qué afecta a nuestra institución.
La acreditación por objeto evaluar el cumplimiento de su proyecto institucional y verificar la existencia de mecanismos eficaces de autorregulación y de aseguramiento de la calidad al interior de las instituciones de educación superior, y propender al fortalecimiento de su capacidad de autorregulación y al mejoramiento continuo de su calidad. La acreditación institucional será, a partir del año 2020, obligatoria para las instituciones de educación superior autónomas y consistirá en la evaluación y verificación del cumplimiento de criterio y estándares de calidad, los que se referirán a recursos, procesos y resultados; así como también, el análisis de mecanismos internos para el aseguramiento de la calidad, considerando tanto su existencia como su aplicación sistemática y resultados, y su concordancia con la misión y propósito de las instituciones de educación superior.
La acreditación institucional será integral y considerará la evaluación de la totalidad de las sedes, funciones y niveles de programas formativos de la institución de educación superior, y de aquellas carreras y programas de estudio de pre y postgrado, en sus diversas modalidades, tales como presencial, semipresencial o a distancia, que hayan sido seleccionados por la Comisión para dicho efecto.
A partir de la publicación de la Ley 21.091 sobre educación superior la acreditación será obligatoria para todas las instituciones de educación superior. No obstante, los procesos de acreditación contribuyen a la instalación de una cultura de mejoramiento continuo de la institución centrada en el robustecimiento de sus procesos y el monitoreo de sus resultados lo que contribuye a mejorar la calidad de la misma y la oferta de programas formativos hacia los estudiantes, que permite demostrar a la sociedad en la que se desenvuelve, la existencia de una gestión institucional adecuada a las necesidades internas y externas de sus usuarios y grupos de interés.
No, la acreditación evalúa la calidad de una institución y sus programas de pre y postgrado en cuanto a la existencia de mecanismos de autorregulación que garanticen la consistencia interna y externa de esta de manera de demostrar públicamente su calidad a la sociedad. La validez de un título técnico o profesional se encuentra dada por la autonomía institucional y su reconocimiento por parte del ministerio de educación.
La Comisión Nacional de Acreditación CNA es un organismo público cuya función es la de evaluar, acreditar y promover la calidad de las Universidades, Institutos Profesionales y Centros de Formación Técnica autónomos, y de las carreras y programas que ellos ofrecen. La CNA en el desempeño de sus funciones, goza de autonomía y se relaciona con el Presidente de la República a través del Ministerio de Educación.
Le corresponde a la Comisión Nacional de Acreditación verificar y promover la calidad de la educación superior mediante:
El desarrollo de los procesos de acreditación institucional considera las siguientes etapas:
Actualmente la acreditación se otorga por un periodo de 2 a 7 años de acuerdo con el grado de cumplimiento de los criterios de evaluación existentes. Con la puesta en marcha de la ley 21.091, la acreditación institucional podrá ser de excelencia, avanzada o básica, en conformidad con los niveles de desarrollo progresivo que evidencien las instituciones.
En su pronunciamiento, la Comisión señalará el plazo en que la institución deberá someterse a un nuevo proceso de acreditación, el que podrá ser de 6 o 7 años en el caso de la acreditación de excelencia, de 4 o 5 años en la acreditación avanzada y de 3 años en la acreditación básica, sin perjuicio de lo establecido en el inciso siguiente.
El proceso de autoevaluación institucional considera la participación de grupos de interés internos y externos a esta tales como estudiantes, docentes, autoridades institucionales, directivos, personal administrativo, titulados y empleadores. Las instituciones deben potenciar la participación de todos estos agentes claves pues legitima las conclusiones obtenidas contribuyendo así al mejoramiento continuo basado en la experiencia de la comunidad educativa que la compone.
La acreditación institucional se realizará en funciones específicas de la actividad de las instituciones de educación superior. Las entidades que se presenten al proceso deberán acreditarse siempre en los ámbitos de docencia de pregrado y gestión institucional. Adicionalmente, las instituciones podrán optar por la acreditación de otras áreas, tales como la investigación, la docencia de postgrado, y la vinculación con el medio. Sin embargo, con la puesta en marcha de la nueva ley 21.091 las instituciones de educación superior deberán acreditarse en las dimensiones de docencia y resultados del proceso de formación; gestión estratégica y recursos institucionales; aseguramiento interno de la calidad y vinculación con el medio, adicionalmente, las instituciones de educación superior podrán acreditar la dimensión de investigación, creación y/o innovación.
Si bien la acreditación considera los mismos principios de evaluación independiente de la oferta formativa en la que las instituciones de educación superior imparten sus carreras, la CNA ha elaborado aspectos específicos de evaluación para ofertas formativas en modalidad virtual para centros de formación técnica, institutos profesionales y universidades que atiendan sus particularidades.
La Unidad de Aseguramiento de la Calidad y Acreditación incorpora los siguientes sitios de interés de organismos relacionados con la educación superior que aportan a profundizar temáticas relacionadas con la calidad y la acreditación a nivel nacional e internacional.
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